1. Enfoque contencioso.- Implica
una alta consideración por los intereses propios y una baja o nula
consideración de los intereses del otro. Este sería en caso de Caín quien tuvo
una alta consideración por si mismo y una baja consideración por su hermano.
2. Enfoque de ceder.- Significa
tener mas consideración por los intereses del
Otro que por los propios.
3. Enfoque de retiro o abandono
del conflicto.- Que implica una baja consideración por los intereses de ambas
partes porque se prefiere evitar el conflicto.
4. Enfoque de transacción.- Que
implica un balance o equilibrio en la consideración de los intereses de ambas
partes para llegar a un acuerdo.
5. Enfoque de solución definitiva
del problema.- Implica una alta afirmación de los intereses propios pero con
igual conocimiento de las aspiraciones y necesidades de la otra parte. Este
enfoque genera una solución creativa y es la alternativa más recomendable donde
hay una alta consideración de los intereses propios y de los intereses del
otro.
Lo que se pretende es buscar el
“modo” idóneo que nos permita involucrarnos dentro de una situación delicada,
por lo que el poder elegir el “modo” se transforma en una decisión fundamental.
Tomando en cuenta, además, que ningún conflicto es igual, el modo que elijamos
deberá también adaptarse a las circunstancias propias de cada caso.
Al tomar en cuenta la complejidad
y el significado de un conflicto podemos mencionar que existen dos modos o
formas de resolverlos: modos formales y modos no formales o alternativos, los
mismos que basan su diferencia en la aplicación de un derecho convencional,
mientras que los otros son creados y adaptados por los mismos actores a sus
necesidades de resolverlo.
Modos Formales
Al hablar de modos formales nos
referimos a las vías procesales a través de las cuales se resuelven conflictos,
entre las que podemos encontrar la vía judicial sea civil, penal o
constitucional y la vía administrativa a través de procedimientos que han sido
elaborados, estructurados, reglamentados e instrumentados por las distintas
autoridades e instituciones competentes gubernamentales.
MODOS NO FORMALES O ALTERNATIVOS
Los modos no formales o también llamados alternativos, son
mecanismos en base a los cuales se trata de resolver conflictos, sin embargo el
hecho de que se los considere informales no quiere decir que nuestra
legislación no los reconozca, la diferencia es que los procedimientos en estos
modos son flexibles y realzan el papel protagónico de los actores del
conflicto. Dentro de estos modos encontramos a los métodos alternativos de
solución de conflictos (MASC) como la negociación y la mediación los cuales son
los métodos alternativos mas utilizados en nuestro país
No hay comentarios:
Publicar un comentario