lunes, 1 de octubre de 2012

Notas del examen: sobre 4 puntos, a ello se suman el trabajo previo.

1719703124 4
.0601438237 3,9
1720094430 3,9
.0201043981 3,8
17141409107 3,8
1722741426 3,8
1719442012 3,8
1719005595 3,8
1717833766 3,8
1712873312 3,8
1716200017 3,7
1714899612 3,7
1711610590 3,7
1706905823 3,7
.060237982 3,6
1711097780 3,6
1709714131 3,6
1705099081 3,6
201662335 3,6
1713101234 3,5
1712674520 3,5
1710172477 3,5
1720969680 3,4
1718056987 3,4
1709466385 3,4
1715994891 3,3
1715511752 3,3
.0923007785 3,2
1803108222 3,2
1714633433 3,2
1709078065 3,2
1102279088 3,2
1710754746 3,05
10001823630 2,8
1714206180 2,8
1001555489 2,6
1712763760 2,2

lunes, 24 de septiembre de 2012

Cuestionario de preparación para el examen:


1. identifique posiciones, intereses  necesidades:
Sra. Z: Abogado vengo para que me ayude
AB. Y:  Dígame señora.
Sra. Z: Necesito que le meta a mi ex marido a la cárcel.
AB.Y. Porqué señora?
Sra. Z: Porque el desagraciado me dejó con mis hijos. Solos a los 3.
AB.Y:  Y cuál es su objetivo con que el vaya a la cárcel?
Sra. Z: Que le obliguen a darnos para la comida y educación?
Cuales  posiciones, intereses y necesidades puede inferir?
2. Elabore un MAAN para la Sra .Z quien participará de una audiencia de mediación con su ex. Esposo.

3. En la Comunidad indígena de Yanamaki, el Señor soldado Jorge Salinas, nieto de un líder de la comunidad, tiene las siguientes situaciones que requieren una solución,
3.1. Demanda al ejército por falta de pago de su sueldo: Juez Militar, Juez de Paz, Acción de Habeas Data, Justicia Ordinaria.
3.2. Denuncia contra un profesor de su comunidad por caso de violación a su hija: Justicia Indígena, Justicia Ordinaria, Acción de Protección, MASC
3.3. Demanda contra un vecino que ha invadido su terreno en la comunidad. MASC, Justicia Indígena, Justicia Internacional, Juez de Paz, Justicia Ordinaria.


4. Qué entiende por  Conflicto?
5. Diferencie la Heterocomposición de la Autocomposición.
6. Qué es Mediación y cuál es su procedimiento según la LAM?
7. Qué es Arbitraje?
8. Qué es Mediación Comunitaria?
9. Qué es la Conciliación?
10. Qué es la Negociación?
11. Qué es la transacción?
12. Complete: Los reglamentos de los centros de mediación deberán establecer por lo menos…

13. Explique la transigibilidad en materia penal
14. explique la transigibidad en tránsito
15. grafique el procedimiento que establece la LAM para el arbitraje (sintetice en un flujograma)
16. En que caso el Estado Ecuatoriano puede acudir a un tribunal arbitral internacional y cuando no?
17. En qué casos se puede acudir a arbitraje internacional según la LAM
18. Diferencie el arbitraje y la mediación.
19. Diferencie el arbitraje independiente del arbitraje administrado; y, el arbitraje en equidad del arbitraje en derecho
20. Reflexione sobre la importancia de lo MASC en el ejercicio de la abogacía.

Arbitraje Internacional ( 2009)

Esta entrevista permite identificar los momentos de un proceso arbitral internacional; además refleja el impacto del mismo en el ámbito interno e internacional.

jueves, 20 de septiembre de 2012

El Arbitraje


El Arbitraje es considerado por muchos como el mecanismo alternativo de mayor raigambre en la comunidad, puesto que ha servido para solucionar conflictos de carácter nacional e internacional. A nivel internacional se pueden citar casos recientes como la delimitación de la frontera entre Guinea y Guinea-Bissau (1985), el referido a la interpretación del acuerdo aéreo entre Francia y Estados Unidos (1978), el que delimita la plataforma continental entre Francia y el Reino Unido (1977), y el caso del canal de Beagle entre Argentina y Chile (1977); en este último caso se dio la intervención arbitral del Estado Vaticano, con lo cual se evitó una guerra.
Cfr. TROYA Vicente, “Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos” RUPTURA No46, AED-PUCE, Quito, Ecuador, 2003. pág.383.

El jurista ecuatoriano Armando Serrano Puig manifiesta que:
“el arbitraje no es sino un procedimiento especial que las partes adoptan de mutuo acuerdo para someter una disputa eventual o un litigio existente, a la resolución de jueces especiales llamados árbitros, los que son escogidos por las partes directamente, por un tercero por cuenta de éstas o a través del mecanismo adoptado por las mismas partes para el efecto”.
SERRANO Armando, Arbitraje Administrado o Independiente, Arbitraje de Derecho o Equidad, Ruptura No46, AED-PUCE, Quito, Ecuador, 2003, p.396.

. Este tribunal, investido de la facultad de administrar justicia, profiere una decisión denominada laudo arbitral, el cual tiene la eficacia de cosa juzgada, según la legislación ecuatoriana, por lo tanto puede ser ejecutables de manera forzosa por los juzgados ordinarios. Ver. Ley de Arbitraje y Mediación. Artículo 32.

VENTAJAS:

Para apreciar las ventajas del arbitraje haré referencia a lo ocurrido en el Centro de Arbitraje y mediación (en adelante CAM) de Santiago de Chile, durante el período 1992 – 2006, el CAM Santiago ha recibido arbitrajes provenientes de distintos sectores económicos.  El número efectivo de causas ingresadas al sistema ha crecido persistentemente desde el nacimiento del CAM Santiago, en 1992, alcanzando un total de 721 a diciembre de 2006

Un dato fundamental es que el 73% de causas son resueltas dentro del plazo fijado por el reglamento, esto se puede contrastar con el 80% de usuarios del sistema judicial ecuatoriano quienes manifestaron que las diligencias se realizan en un plazo mayor del establecido por ley. Por consiguiente el arbitraje es una alternativa de acceso a la justicia.


LAM:

Art. 1.- El sistema arbitral es un mecanismo alternativo de solución de conflictos al cual las partes pueden someter de mutuo acuerdo, las controversias susceptibles de transacción, existentes o futuras para que sean resueltas por los tribunales de arbitraje administrado o por árbitros independientes que se conformaren para conocer dichas controversias.

Arbitraje administrado o independiente

Art. 2.- El arbitraje es administrado cuando se desarrolla con sujeción a esta Ley y a las normas y procedimientos expedidos por un centro de arbitraje, y es independiente cuando se realiza conforme a lo que las partes pacten, con arreglo a esta Ley.


Arbitraje de equidad o derecho

Art. 3.- Las partes indicarán si los árbitros deben decidir en equidad o en derecho, a falta de convenio, el fallo será en equidad.

Si el laudo debe expedirse fundado en la equidad, los árbitros actuarán conforme a su leal saber y entender y atendiendo a los principios de la sana crítica. En este caso, los árbitros no tienen que ser necesariamente abogados.

Si el laudo debe expedirse fundado en derecho, los árbitros deberán atenerse a la ley, a los principios universales del derecho, a la jurisprudencia y a la doctrina. En este caso, los árbitros deberán ser abogados.

TRANSIGIBILIDAD EN MATERIA DE TRÁNSITO.


De acuerdo a lo que se establece el art. 170 y 171 de la ley orgánica de transporte terrestre tránsito  seguridad vial.
Art.170.-el desistimiento de la parte afectada, el abandono de la acusación particular, o el arreglo judicial o extrajudicial entre los implicados de un accidente de tránsito, no extingue la acción penal, salvo en los delitos en que solo hubiesen daños materiales y/o lesiones que produzcan incapacidad física menor a 90 días.
Siempre y cuando su incapacidad no sea mayor a noventa días, porque de pasar la incapacidad se confirmara la prisión y en  los daños materiales que no superen las 6 remuneraciones básicas unificadas del trabajador.
Art. 171.- los acuerdos reparatorios a los que hubieren llegado las partes, serán aceptados por el juez en sentencia. Su alcance, no afectará la pérdida de puntos u otras sanciones de carácter administrativo. En caso de que el acuerdo no se cumpliere el afectado podrá escoger entre las opciones de hacer cumplir el acuerdo contenido ya en sentencia ejecutoriada o continuar la acción penal.
El juez una vez hecho el acuerdo entre las partes podrá valorar y se respetara de acuerdo a las voluntades de las partes y por no poner contradicciones y perfeccionarse el acuerdo y no existir ningún derecho sobre el que no se pueda transigir se valora y se acepta en todas las partes y de conformidad a lo que establece el art. 60 del CPP, que literalmente nos dice que cabe el desistimiento de la acusación particular. El desistimiento sólo cabe si el acusado consiente expresamente en ello dentro del proceso; con lo que nos quiere decir que se tiene que reconocer firma y rubrica cuando el juez así lo determine o realizar la Audiencia de Acuerdo Reparatorio.  

Gustavo Saltos Pinto.
MASC.
18/09/2012


M.A.S.C. en materia penal..


La conversión de acciones (Articulo 37 CPP).
Los Acuerdos Reparatorios,
La Suspensión Condicional del procedimiento (Artículos innumerados a continuación del Artículo 37 CPP); y,
La posibilidad de que en los delitos de acción privada se pueda